Hoy será presentado en el Centro de Innovación del Derecho (CID -ICADE) de la Universidad Pontificia Comillas, el libro “La Modernización del Derecho Haitiano”, con la autoría de Josué Pierre-Louis, actual Secretario General de la Presidencia de Haití.
Además, Madrid es la primera parada de esta gira europea para la presentación del libro “La Modernización del Derecho Haitiano”
Para Josué Pierre-Louis la Modernización del Derecho Haitiano se logra “con el establecimiento de un orden jurídico equilibrado y justo, un sistema judicial funcional y un clima general de seguridad son condiciones esenciales para el crecimiento y la reducción de la pobreza”
¿Por qué es necesario modernizar la legislación haitiana?
En primer lugar, conviene tener en cuenta que desde la independencia hasta nuestros días el desarrollo teórico e investigador del derecho no cuenta con una literatura que ofrezca alternativas en aspectos jurídicos relevantes. En síntesis, el trabajo de reflexión sobre el derecho haitiano no ha sido numeroso, los abogados y académicos haitianos nunca le han dado suficiente importancia a la investigación jurídica. De hecho, durante mucho tiempo no se ha emprendido en Haití ningún movimiento de reforma global del sistema judicial. El recurso a la importación de derecho ha sido una actitud continuada en muchos Estados, Haití no ha sido la excepción en este sentido. Atraídos e inspirados por la ley francesa, los abogados se han contentado, en su mayoría, con reproducir las más mínimas disposiciones legales adoptadas por la antigua metrópoli. Es pues la prueba indiscutible de nuestra esterilidad por desarrollar un derecho genuino, mostrando una dependencia jurídica de una sociedad muy diferente a la haitiana. Esta reflexión es compartida por más de un jurista que echaba y echa en falta un derecho propio y específico a las necesidades particulares de Haití. En consecuencia resulta que no se ha desarrollado un pensamiento jurídico haitiano que se pueda definir como propio en su totalidad.
Con la publicación de mi libro realizo un intento reflexivo que justifique las numerosas razones que indican la necesidad de modernizar el derecho. Entre las principales razones que pueden ofrecer una base para la reforma del ordenamiento jurídico quiero señalar las siguientes:
- La antigüedad de los códigos y su desactualización.
- La aplicación de tratados internacionales, tanto ratificados como en vía de ratificación.
- La demanda social de una reforma constitucional.
- La adopción de leyes y decretos específicos emitidos que aborden los vacíos de los códigos vigentes.
- La ausencia de codificación de ciertas materias, por ejemplo, para el área digital.
Estos cinco puntos evidencian que en su conjunto la legislación haitiana se ha vuelto incompleta, obsoleta y en ocasiones ilegible o inaplicable.
Pero para modernizar el derecho es imprescindible una cierta estabilidad política, de la que ha carecido muchas veces Haití. ¿Cómo se puede fomentar esta estabilidad política?
Le agradezco la pregunta, pues ciertamente tiene razón. La estabilidad política es la condición sine qua non para el progreso económico, social y político. Cabe señalar que, desde la independencia, la República de Haití ha vivido una situación de inestabilidad política crónica, problemas de gobernabilidad con efectos perversos. Esto ha afectado severamente a la evolución general de la sociedad y el proceso de desarrollo económico. Para remediarlo, necesitamos una nueva ley que brote de las profundidades de la base social, es decir, tenga y goce de una legitimidad compartida por una amplia mayoría del país. El surgimiento de este nuevo derecho requiere un abandono de las fragilidades actuales del estado actual por la implementación de los principios de la gobernabilidad democrática. Esto implica un apoyo significativo y permanente a los procesos de reforma estatal y social, así como la restauración de un equilibrio sostenible acondicionado para mejorar el comportamiento y desarrollo de la sociedad en su conjunto.
Junto con un nuevo corpus jurídico existen otros factores para el fomento de la estabilidad política tales como: la integración de actividades políticas adaptadas a las realidades haitianas. El desarrollo de una operatividad jurídica que fomente dinámicas de acción, rapidez y puntualidad; así como, la lucha eficaz contra el mal endémico de la corrupción y delitos análogos. Estos factores que señalo incentivarán la promoción de la estabilidad política y una mayor cohesión social, lo que permitiría una construcción jurídica sostenible y sólida en el tiempo.
Cuando existen profundas diferencias en la sociedad o incluso entre partidos políticos, la mediación puede ser una solución para reconciliar a las diferentes partes involucradas. ¿Está bien?
La mediación es un mecanismo frecuentemente eficaz para resolver controversias que impiden el entendimiento de las partes implicadas o enfrentadas, la neutralidad de una tercera tiende a facilitar la generación de bases mínimas de entendimiento. En Haití, pudimos observar la efectividad de la mediación como método alternativo para resolver disputas en las zonas rurales de Haití, particularmente en las Secciones Comunales. Sin embargo, en las zonas urbanas me parece que el recurso a la mediación está menos extendido y ha sido menos practicado. Por otra parte, señalar que estas disputas van más allá de cuestiones y disputas legales, ya que estos conflictos implican profundas diferencias que existen en la sociedad, entidades de diferente tipología y naturaleza que implican incluso al propio sistema de los partidos políticos.
En efecto es necesario incentivar mecanismos de mediación, pero no sólo de mediación, sino también de arbitraje y conciliación. Para obtener resultados de los mecanismos de resolución de controversias, estos necesitan que las partes implicadas deseen participar, lo cual sólo se verá favorecido en caso que el marco regulatorio sea claro, estructurado y confiable, es decir, un marco que no genere incertidumbres para las partes en controversia. En este sentido, para una promoción realista de la gobernabilidad democrática se requiere un apoyo decidido no sólo de los órganos institucionales (legislativo, ejecutivo y sistema judicial), sino también del conjunto de los actores que contribuyen al juego democrático. Esta orientación referente a los mecanismos de negociación entre partes debe redundar en el apoyo a la constitución de contrapoderes capaces de ejercer la presión necesaria para la transparencia y la efectividad en la resolución de los conflictos. Por otro lado, estos esfuerzos deben tener una primera derivada en un sistema de partidos con legitimidad social, lo cual no se logrará sin una arquitectura institucional que genere un marco estable en las competencias asignadas tanto al poder ejecutivo como a partidos opositores y actores políticos, que en consecuencia fomente una cultura de coalición. Como segunda derivada el fortalecimiento y autonomía de la sociedad civil y los actores asociados a la misma, tales como organizaciones empresariales, fuerzas sindicales, medios de comunicación, y demás organizaciones profesionales.
En su libro “La modernización del derecho haitiano”, afirma que existe una absoluta ineficiencia del sistema judicial. ¿Cuáles son las razones que conducen a esta ineficiencia?
En primer lugar, el poder judicial se enfrenta a un problema que se podría definir como de crisis de moralidad. El salario mínimo de los magistrados y la falta de supervisión que enfrentaron durante mucho tiempo alentaron una justicia partidista e influenciable. Las tentaciones que se les presentan en ocasiones, la falta de severidad de la propia sociedad haitiana que, en su conjunto, acepta fácilmente la corrupción, permitieron esta crisis moral y ética del aparato judicial.
En segundo lugar, la ineficacia del sistema judicial radica también en la falta de expectativas del desarrollo profesional, es decir, la falta de garantías de una carrera profesional prestigiosa que incentive la permanencia de las personas de mayor competencia y capacidades. Esta falta de garantía del estatus de este personal ligada a la baja remuneración repercute en la calidad de la justicia que se imparte; de ahí se explica el miedo al desafío a reformas legales por parte de los ciudadanos, motivado tanto por razones internas como externas.
Finalmente, como señalo en el libro, no podemos responsabilizar únicamente al sistema judicial, que es una consecuencia de una serie de causas cronificadas en el tiempo. El problema es eminentemente político. Un problema asociado con las fallas del Estado haitiano es por ejemplo las relaciones policía-justicia que no están en buenos términos en ocasiones, lo cual contribuye como causa primaria de la ineficacia administrativa. En consecuencia, esto lastra la eficacia ejecutiva del Ministerio de Justicia, y explica en gran medida estas fallas de Estado.

Una de las esperanzas para el desarrollo de Haití era aprobar una nueva constitución que impulsara el progreso económico. ¿Qué nuevas reglas podría tener la nueva constitución para ayudar a unir a los haitianos y facilitar el desarrollo económico?
De entrada, debo señalar que la Constitución haitiana de 1987 es de inspiración eminentemente francesa. Al igual que la Constitución francesa, afirma una serie de principios clave de la democracia liberal y el estado de derecho. Sin embargo, la experiencia de las dos últimas décadas muestra que el texto constitucional adolecía de las especificidades haitianas, las cuales no han sido contempladas adecuadamente en el proceso de integración continuada del derecho francés, lo que a menudo ha contribuido y desembocado en crisis políticas para el Estado y sociedad en Haití.
Para abordar mejor la cuestión de la reforma constitucional, se deben considerar dos ejes de reformas: Un primer eje consiste en repensar el régimen político consagrado en la Constitución, y revisar las competencias de los tres órganos del Estado, las autoridades locales e incluso las instituciones independientes. En otras palabras, se necesita otra Constitución que proponga un modelo actualizado a los desafíos presentes. Esta actualización debe estar fundamentada en un régimen democrático semipresidencialista, con un parlamento dotado de importantes poderes, incluida la capacidad de cesar al gobierno. Por contra el ejecutivo también debe tener derecho y capacidad de disolverse frente al parlamento. Un segundo eje se deriva de la actualización de la arquitectura jurídico-institucional y consiste en armonizar el equilibrio de poderes y el juego político. En consecuencia se necesita una constitución que concilie los siguientes requisitos: Primero, mecanismos que eviten derivas en exceso personalistas o autoritarias; Segundo, evitar que el parlamento suponga un obstáculo en la gobernabilidad por intereses partidistas que no responden al interés general de la nación; tercero, asegurar esta misma gobernabilidad salvaguardando, blindando los derechos democráticos.
En términos de relaciones internacionales, ¿cuáles son las principales lagunas de la legislación haitiana en comparación con otros países? Me refiero principalmente al nivel de inversión extranjera, a su legislación.
Es innegable lamentablemente que las carencias son muy numerosas, con un impacto grande y de diferente naturaleza unas y otras carencias. Esto conlleva importantes consecuencias para el desarrollo del país. Como todos saben, el desarrollo económico requiere, además de cierta estabilidad política, condiciones previas: estabilidad macroeconómica, la creación de un marco legal que ofrezca una seguridad jurídica favorable a los negocios y opciones estratégicas, como la ubicación de zonas francas e islas de desarrollo, entre otras condiciones previas.
En Haití, el marco legal que rige el sistema de control de las actividades bancarias y bursátiles debe actualizarse para ser competitivos y atraer más capitales para un fuerte crecimiento económico con efectos beneficiosos para el desarrollo social. Sólo en estas condiciones la modernización de la ley será beneficiosa para el desarrollo social y económico del país. En este sentido la seguridad jurídica para el desarrollo de un mercado eficaz, competitivo y en crecimiento es un punto clave para que las reformas legales aporten un balance favorable. En definitiva, el establecimiento de un orden jurídico equilibrado y justo, un sistema judicial funcional y un clima general de seguridad son condiciones esenciales para el crecimiento y la reducción de la pobreza. La falta de crecimiento y los niveles de pobreza constituyen un freno a la inversión, lo que impide generar un ciclo virtuoso de crecimiento.
Asimismo, la seguridad jurídica de las transacciones e inversiones, en particular del crédito, es condición para la buena marcha de los asuntos económicos. Cuando un inversor que descubre que la justicia del país receptor no puede garantizar la seguridad de sus transacciones financieras posible y probablemente evite invertir nuevamente. Este es también el caso de la supervisión del sector bancario y la organización de las actividades bancarias y financieras. Las instituciones deben establecer una regulación financiera actualizada y competitiva a nivel regional y global. Esto contribuirá a establecer el flujo crediticio y la posibilidad de desarrollo de empresarios locales y atracción de inversión extranjera directa en la economía. La reglamentación actual esta obsoleta y no son competitivas para atraer inversión en un clima de competencia globalizada.
También afirma que “hay excesos que tienen su origen en el resurgimiento de formas obsoletas de dictadura o autocracia populista”. ¿Cómo puede la ley verdadera contrarrestar esto?
El afianzamiento de la democracia es un proceso largo y difícil, debido a los muchos escollos que se encuentran en su camino. Estos escollos son de diferente naturaleza, tanto culturales, sociales, económicos. Estos escollos se superponen generando tensiones incentivadas por una multiplicidad factorial. En consecuencia estás tensiones pueden poner en cuestión los logros democráticos recientes. La reivindicación de la igualdad es inseparable de la democracia y sólo puede ser satisfecha mediante reformas estructurales, tanto por razones de justicia como de eficiencia económica. El futuro de la democracia en Haití depende de afrontar estás tensiones de manera integral contemplando el conjunto de los factores que las generan.
Como es sabido, las relaciones de poder dentro del Estado haitiano siempre han estado teñidas de arbitrariedad, que se han caracterizado por la violencia en la sucesión de gobiernos, lo que supone el corolario del aplastamiento y deslegitimación social de las instituciones estatales. Para responder más específicamente a su pregunta, diría que la ley perfecta no existe. La ley es una construcción humana, y lo humano es defectuoso y frustrante en ciertos momentos y ocasiones. En definitiva, lo que más importa a mí juicio es el hecho de qu e el legislador tenga en cuenta los condicionantes históricos, antropológicos y sociológicos en la producción de este derecho moderno -que todos reclamamos- para permitir una funcionalidad del derecho que contemple a los actores y agentes sociales (cuerpo social).
Entonces, el rango por el cual estos condicionantes – algunos relacionados con la naturaleza del Estado y otros con su funcionamiento- deberán ser tomados en cuenta para la construcción de esta nueva ley (genuinamente haitiana) y la constitución que debe definir un nuevo orden público, en las que vendrán a confluir ciertas costumbres aceptadas por el conjunto del cuerpo social, y sobre las que habrá que legislar. En otras palabras, el contenido de la ley me interesa tanto como el proceso de redacción de la ley. Puesto que el contenido de la ley es fruto en gran parte de los procesos en que se gesta.
“En definitiva, el establecimiento de un orden jurídico equilibrado y justo, un sistema judicial funcional y un clima general de seguridad son condiciones esenciales para el crecimiento y la reducción de la pobreza“
Josué Pierre-Louis
Finalmente, ¿cómo puede la sociedad haitiana, especialmente su juventud, participar en la modernización del derecho haitiano?
La pregunta me parece interesante y relevante, la juventud es destinataria y afectada principal de cualquier proceso de reformas jurídicas. En mi libro he elaborado los principales fundamentos para la participación ciudadana en la modernización del derecho haitiano: 1) La evaluación constante de las normas vigentes; 2) La necesidad de una política legislativa que integre la dimensión del ciudadano. Según un estudio realizado por la oficina del Ministro responsable de las relaciones con el Parlamento, muestra que la mayoría de la población haitiana consultada observa una falta de voluntad real por parte de los parlamentarios para consultar e integrar a la sociedad civil en el proceso de elaboración de la ley. Lo que equivale a decir que los ciudadanos haitianos no se reconocen en la mayoría de las leyes votadas por su parlamento, por ello es necesario proceder, por medio de un órgano del Estado, a una evaluación mediante encuesta de la valoración de la sociedad de la ley. Esta participación ciudadana y conocimiento preciso de las necesidades reales de la sociedad permite identificar los retos y prioridades. Señalar que para tener una vista global del pulso social respecto de la percepción del corpus iuris hay que aprovechar las virtudes del bilingüismo. Ello permite encuestar al total de la población, así como permite a todo ciudadano conocer la ley y no sólo a una parte con mayor grado de formación, señalar que la vigente legislación se restringe al lenguaje jurídico francés y esto genera desconocimiento en ocasiones a parte de los súbditos de la justicia haitiana.
Al haber notado que los ciudadanos no se reconocen en las normas por su desfase con la realidad social, hemos detectado que esto se debe al proceso de elaboración de las normas. La solución consiste en el método de consulta, el cual debe mejorarse recurriendo a asociaciones de la sociedad civil organizada y agentes sociales como los sindicatos y otras organizaciones profesionales, antes de redactar una determinada ley. El objetivo sería reforzar la legitimidad de la norma durante su formulación y posterior aplicación por un lado, y por otro lado, la adaptabilidad se adquiriría al final mediante la consulta social. Esto permitiría tener los diferentes puntos de vista de los actores sociales e integrar elementos de funcionalidad y consenso en el texto final de la ley. En él se reconocería la mayoría de los ciudadanos, compuesta principalmente por jóvenes y mujeres cuya media de edad es de 23 años. Es de capital importancia que las nuevas generaciones participen, se identifiquen y conozcan la ley que les gobierna en un marco de certidumbre y seguridad institucional, este es un desafío que es necesario afrontar en todas sus dimensiones, especialmente la cimentación constitucional como base y fundamento de una arquitectura institucional actualizada, funcional y operativa.
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